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Conflictos Ambientales /env_problems/viewEnvProblem/24

La región suroccidental del páramo de Santurbán ha sido durante varios siglos una zona tradicional de pequeña minería y asiento de una riqueza hídrica de la cual depende –entre otros– la ciudad de Bucaramanga. Desde la década de 1990, la gran minería emprende una estrategia de concentración de títulos de los pequeños mineros y obtiene vastas concesiones en áreas que quedan incluidas en la delimitación oficial del páramo de 2014 por el Ministerio de Ambiente, o en su estrecha vecindad. La delimitación del páramo, junto a la prohibición de 2016 de adelantar actividades extractivas en este tipo de ecosistemas, fueron hechos ampliamente celebrados en el país, pero mal recibidos por las grandes mineras que emprendieron demandas contra el Estado y por habitantes de municipios como Vetas y California que vieron su modo de vida amenazado.

Para 2011 se contaban 65 títulos ubicados dentro del complejo paramuno, de los cuales 15 contaban con autorización ambiental vigente, entre los cuales se destacan los pertenecientes a las empresas Leyhat Colombia, Reina de oro, y Trompetero Ltda” (IAvH, 2014, p.63, con referencia al MADS). Sin embargo, el conflicto ambiental se centró inicialmente en el megaproyecto minero Angostura de la empresa canadiense Greystar (ahora Eco Oro), cuyo trámite de licencia ambiental generó masivas movilizaciones urbanas en torno a la defensa del ambiente y del agua, lo cual se vio reflejado en la negación de la licencia en 2011. Aunque Greystar no desistió inicialmente del proyecto, tras la prohibición de 2016 de adelantar actividades mineras en el páramo decidió, junto con otras dos mineras canadienses, demandar al Estado colombiano. 

En 2017 ocurren dos hechos significativos que aún no concluyen: de un lado, un nuevo megaproyecto minero denominado Soto Norte (Minesa), ubicado en la vecindad de Angostura, en la franja de bosque alto andino y subpáramo, inicia el trámite de licenciamiento ambiental; y de otro, se ordena una nueva delimitación de Santurbán debido a la vulneración del derecho a la participacion de las comunidades locales (Corte Constitucional, Sentencia T-361 de 2017). 

En 2021, el Tribunal internacional de arbitramento y órgano del Banco Mundial (BM) – CIADI encontró a Colombia culpable de “Expropiación ilegal, progresiva e indirecta de la inversión” en el caso de la empresa Eco Oro (CIADI, 2021, p.387). El monto a pagar, de una pretensión de USD$ 764 millones, aún no ha sido revelado, mientras que las otras demandas continúan. Por su parte, el proceso de delimitación de Santurbán, dificultado por la pandemia del Covid-19, avanza lentamente en su fase de concertación (MADS, 2022). El conflicto en Santurbán pone de relieve múltiples tensiones en el complejo entramado de la gestión territorial, dejando en evidencia la debilidad del Estado en la salvaguarda de los derechos de comunidades vulnerables y del patrimonio natural de la Nación, así como la profunda brecha entre el país rural y urbano.
El área de referencia del páramo de Jurisdicciones – Santurbán – Berlín identificada en 2019 tiene una extensión de 138.699 hectáreas distribuidas en 30 municipios de Santander y Norte de Santander donde habitan cerca de 400.000 personas y de los cuales menos de 10.000 estarían al interior del complejo paramuno. Adicionalmente, existen 10 municipios más que se han sumado al proceso de consulta en la nueva delimitación del páramo ordenada por la Corte Constitucional en la Sentencia T-361 de 2017, en su condición de beneficiarios de los servicios ecosistémicos que el páramo brinda Aproximadamente el 24% del páramo cuenta con alguna figura de protección, pero sólo el 13.7% está bajo protección estricta mediante la figura de Parque Natural Regional (MADS, 2019, p. 3, 54; IAvH, 2014, p. 23). 

Los primeros poblados mineros en Santurbán surgen en la primera mitad del siglo XVI, como Vetas y Tona. Durante el siglo XVIII, las actividad minera decae y la frontera agrícola gana terreno, destacándose el cultivo de trigo y cebada y la ganadería. Durante la segunda mitad del siglo XX, tiene lugar una importante reconfiguración territorial con el auge minero, la llegada de empresas multinacionales, la entrada a la región del conflicto armado y la emergencia de la institucionalidad ambiental (IAvH, 2014, p.18-19). 

Durante muchos años la alta montaña en la región de Santurbán fue controlada por grupos guerrilleros, señalados por pobladores de Vetas y California de realizar extorsiones en forma de pagos mensuales (MWC y Censat, 2009). A comienzos de la década del 2000, la actividad de la minera Greystar en la región se suspende por el secuestro de uno de sus ejecutivos, situación que cambia con la instalación de un Batallón de Alta Montaña entre Suratá y California, la presencia militar en el campamento de la compañía en la vereda Angosturas, el desarrollo de operativos militares y el incremento del pie de fuerza en los pueblos aledaños para garantizar la operación minera que se reactiva en 2003. En 2008, se registran en Colombia 28 empresas canadienses de exploración de minería metálica, representando el 51% de la inversión nacional y extranjera en dicho sector (MWC y Censat, 2009; IAvH, 2014, p.20). En 2012, la cifra alcanza las 40 mineras canadienses (OLCA et al., 2014).

Actualmente, la minería se concentra en la vertiente occidental de Santurbán, representando un 10.4% de las actividades productivas del complejo paramuno, particularmente en los municipios de Vetas y California, mientras que las las actividades agrícolas (papa, cebolla y mora) y la ganadería ocupan el primer lugar con el 49.5%. Los ríos Suratá, Tona y Frío, originados en dicha vertiente, surten a cerca de un millón de personas en Bucaramanga, Floridablanca y Girón (IAvH, 2014, p.26, 29).
Entre 1990 y 2008, la minera canadiense Greystar adquiere 13 títulos que abarcan más de 30 mil hectáreas en la región del páramo de Santurbán. En diciembre de 2009, Greystar solicita la licencia ambiental para el proyecto de minería a cielo abierto Angostura, el cual implica la intervención de 1.104 hectáreas en los municipios de California y Vetas, y la remoción de 1000 millones de toneladas (Mt) de roca con el fin de obtener anualmente 511 mil onzas de oro y 2,3 millones de onzas de plata en el curso de 15 años (EIA Angostura - Greystar 2010, Resumen ejecutivo, p.5).

Tras la movilizaciones ciudadanas en contra del proyecto y de la amenaza sobre una de las fuentes de agua más importantes para Bucaramanga, el Ministerio de Ambiente opta por negar la Licencia Ambiental en 2011 (MADS, R.1015/2011). En respuesta, Greystar cambia su nombre a Eco Oro, disminuye la escala del proyecto y opta por la técnica de minería de socavón, reduciendo sus expectativas de producción a cerca de 2,7 millones de onzas de oro en 10 años. 

A poca distancia de Angostura, descendiendo por la ladera, se establece en 2015 el proyecto Soto Norte de Minesa, filial de la compañía Mubadala de Abu Dhabi, al adquirir el proyecto “El Gigante” de AUX Colombia S.A.S. –que a inicios de 2016 ya figuraba como Proyecto de Interés Nacional y Estratégico (PINE), junto con el Proyecto Angostura (ANM, 2016). En 2017, se inicia el trámite de licenciamiento ambiental y en octubre de 2020 es archivado por la ANLA. Sin embargo, Minesa comienza un nuevo trámite de licenciamiento ambiental (en curso) y en marzo de 2022 vende el 20% del proyecto a la minera canadiense Aris Gold.

Soto Norte es un megaproyecto de minería subterránea en el cual se removerían 68 Mt de roca durante 25 años para obtener 9 millones de onzas de oro, mediante un extenso sistema de socavones que alcanzaría 780 metros de profundidad. Contaría con una presa de relaves de 60 hectáreas con capacidad de 34 Mt (≈7600 piscinas olímpicas), que incluye un dique de 190 m de altura sobre la quebrada Caneyes, a menos de 2 km aguas arriba del casco urbano de Suratá y en zona de amenaza sísmica alta. También se eliminarían 112 hectáreas de coberturas vegetales de orobioma andino altoandino (EIA Soto Norte 2019, RE, p.154) y se usarían mas de 35 mil toneladas de explosivos (EIA Soto Norte 2019, Cap. 3, p. 346). El Área de Influencia del proyecto en sus costados norte y occidental se ubica a distancias que varían entre los 50 y 950 metros del límite del páramo definido por el MADS en 2014, en zona de bosque alto andino y parcialmente en la franja de transición bosque – páramo. Pese a la incertidumbre por la nueva delimitación de Santurbán que afectará la zona donde se proyecta Soto Norte, la ANLA ha continuado con el trámite de licenciamiento ambiental.
El conflicto en Santurbán es el resultado de un complejo entramado de procesos y actores en distintos periodos y niveles (CC, Sentencia T-361-17, Núm. 1.2). Un primer proceso que define el marco politico-jurídico en el que se desarrolla el conflicto es la reestructuración de la institucionalidad minera, producto de las refomas estructurales o “neoliberales” iniciadas en la década de 1990 bajo los lineamientos del Consenso de Washington y en cabeza del Fondo Monetario Internacional. En el caso colombiano, el proceso reformista –en el que interviene también el Banco Mundial (ver Conpes 2898 de 1997), las empresas privadas, los gremios del sector extractivo y la Cooperación Canadiense–, el Estado cede su participación en el negocio minera a los privados, pasa a ser administrador y regulador, se somete a los arbitrajes de arreglo a diferencias del CIADI (órgano del BM), y expide el Código Minero de 2001. Durante la década del 2000 se presentó el sonado episodio de corrupción y titulación minera masiva conocido como “la piñata minera” y se suscribe el TLC con Canadá en 2009. 

Un segundo proceso para iluminar lo acontecido en Santurbán es la defensa y protección de los páramos, proceso en el cual la Corte Constitucional (CC) ha jugado un rol ambivalente. Aunque la CC reconoció de manera temprana el estado de desprotección en el cual se encontraban estos ecosistemas estratégicos (Sent. C-339 de 2002, Núm. 7, Art. 36) no declaró inexequible el demandado Art. 34 del Código de Minas de 2001 que abrió la puerta a la explotación minera en áreas de importancia ecológica que aún no hacían parte del sistema de Areas Protegidas como los páramos. De otro lado, la CC declaró la exequibilidad del TLC con Canadá (Sent. C-608 de 2010), avalando mecanismos lesivos para el interés y los bienes comunes nacionales, como los que sustentan las demandas de las mineras canadienses contra Colombia que, como Eco Oro, obtuvieron títulos en Santurbán. Otras actuaciones de la CC en relación con Santurbán han sido la prohibición de las actividades extractivas en los páramos en 2016 y la orden de realizar una nueva delimitación del páramo con la participación de las comunidades locales en 2017.

Un tercer proceso que tiene lugar en este caso ha sido el desplazamiento y desaparición de la minería tradicional a manos de la gran minería –y apoyado por MinMinas, así como las declaraciones de áreas protegidas en la alta montaña, lo cual ha puesto en riesgo el sostenimiento de las comunidades locales, deteriorando las relaciones entre actores sociales, institucionales y privados (IAvH, 2014, p. 63, 65; Buitrago, 2014). 

Por último, se destacan las masivas movilizaciones ciudadanas que han tenido su epicentro en Bucaramanga, como las realizadas en febrero de 2011, octubre de 2017 y mayo de 2019, rechazando la gran minería en Santurbán pues, dada la importancia del páramo y el riesgo sobre una importante fuente hídrica que surte al acueducto bumangués.
Soto Norte u otros megaproyectos mineros que se desarrollen en Santurbán o en sus inmediaciones implican la extracción de millones de toneladas de rocas que constituyen acuíferos y que permiten la circulación y acumulación de agua subterránea, causando un abatimiento del nivel freático y la desaparición de manantiales y acuíferos en la vecindad del cono de depresión generado. El riesgo de afectar o remover los acuíferos no puede ser adecuadamente valorado pues los modelos hidrogeológicos de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), sumados a las características del macizo rocoso, presentan un alto grado de incertidumbre. 

De acuerdo con Fierro y López (2014, p. 147), “la extracción de las rocas con fines mineros es incompatible con la conservación del agua al causar un impacto irreversible por pérdida de volúmenes importantes de acuíferos y acuitardos”. Con el desarrollo del proyecto Soto Norte, Minesa extraería 67.6 millones de toneladas (Mt) de roca de las entrañas de la montaña y aunque una parte se emplearía en operaciones de retro-llenado de los socavones, la mayor cantidad se depositaría en botaderos y en la presa de relaves sobre la quebrada Caneyes en Suratá, generando afectaciones geoquímicas a perpetuidad (generación de Drenaje Ácido de Mina, liberación de metales pesados y elementos radioactivos) (CGR, 2012, p. 199; Fierro y López, 2014, p.92, 147, 149). De este modo, el acuífero ubicado en el área de la mina –fechado en orden de millones de años– no sólo podría ser parcialmente drenado, sino removido y contaminado en 25 años. Para darse una idea de las dimensiones de la intervención, Bogotá depositó en Doña Juana 2.33 Mt de basura en el año 2018 . Adicionalmente, la presa de relaves en Suratá conllevaría un riesgo permanente para las poblaciones asentadas aguas abajo ante una eventual falla catastrófica de la estructura.
La pequeña minería ha sido una actividad tradicional en los municipios del suroeste de Santurbán. Sin embargo, dicha actividad se ha visto drásticamente reducida por la presencia de multinacionales que desde los años 90 han concentrando títulos y derechos mineros en la región. Muchos pequeños mineros perciben en las acciones del Estado, tales como la falta de acompañamiento, las políticas de formalización minera, la promoción de la gran minería o la delimitación del páramo, amenazas y obstáculos para permanecer en sus territorios. 

De otro lado, las demandas de las mineras canadienses Eco Oro, Galway Gold y Red Eagle, con presencia en Santurbán, al Estado colombiano por USD$ 764 millones, USD$ 196 millones y USD$ 40-118 millones respectivamente, motivadas por la decisión de la Corte Constitucional de 2016 de prohibir las actividades extractivas en los páramos, ponen en evidencia un Estado débil que pierde con cara y con sello, pues si permite el extractivismo en los ecosistemas estratégicos debe asumir los enormes pasivos ambientales resultantes, y si se niega, se ve sometido a demandas multimillonarias.
En Santurbán, el Estado enfrenta una deuda histórica con los habitantes del páramo, los pequeños mineros y los ecosistemas de la alta montaña. Y con la redelimitación ordenada por la Corte se abre un nuevo espacio de participación que ofrece la oportunidad de remediar las arbitrariedades impuestas desde los centros de poder, y de concertar “una propuesta de permanencia digna y cuidadora de la montaña andina en su integralidad”, bajo una relación de reconocimiento, reciprocidad y unidad entre las ciudades, las comunidades rurales y los ecosistemas que sustentan a unos y a otros (Censat, 2017). 

El análisis del conflicto ambiental en Santurbán también subraya la necesidad de reorientar la acción estatal para salvaguardar el interés general y el patrimonio natural de la Nación. Al respecto, urge fortalecer el Sistema Nacional Ambiental y avanzar decididamente en la delimitación y protección de los ecosistemas estratégicos, revisar los acuerdos internacionales firmados en condiciones desventajosas para todos los colombianos, así como formular una nueva política minera, decolonizada y de cara a las necesidades sociales y ambientales del país.


Santander : California, Vetas, Charta, Suratá, Tona,
Figuras Territoriales: Complejo de Páramos Jurisdicciones – Santurbán – Berlín (CPJSB)
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