Sedes
| Titulo | Descripción | Fecha Inicio | Fecha Final | Acciones |
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| La Línea Negra en el Ordenamiento Territorial | El primer acto administrativo que se refiere a la Línea Negra como figura territorial es la Resolución 02 de 04-ENE-1973 de la Presidencia de la República, precedido por la Resolución 837 de 28-AGO-1995, y el Decreto 1500 de 2018 del Ministerio del Interior, en el cual se amplía el número de sitios sagrados que la delimitan de 54 a 348. En 2018, los Gobernadores de los resguardos Arhuaco, Kogi Malayo y Businchama de la SNSM instauraron tutelas para defender su derecho a la participación, amparados en la Sentencia T-849 de 2014 que estableció que todo proyecto, obra o actividad en la Línea Negra debe ser consultado. Los Gobernadores denunciaron que, entre los años 2014 y 2016, 132 títulos mineros fueron expedidos en la Línea Negra sin consulta previa, y se presentaron otros 395 casos de proyectos extractivos y de infraestructura en los que se pretendía realizar consulta previa sin las garantías necesarias (Corte Constitucional, Auto 154 de 2019). En marzo de 2022, la Corte Constitucional falló a favor de los indígenas, protegiendo su derecho a la participación y ordenó la instalación de la Mesa de Seguimiento y Coordinación “como instancia de entendimiento y posibilidad de alcanzar soluciones concertadas para la garantía oportuna y efectiva del espacio ancestral de los cuatro pueblos indígenas de la SNSM”, y concluir el Protocolo de Consulta Previa que regiría en la Línea Negra, entre otras medidas (Corte Constitucional, 2022). De otro lado, en 2019, el Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad contra el Decreto 1500 de 2018 que redefinió la Línea Negra. La demanda alega graves implicaciones debido a la inexistencia de la cartografía oficial de la Línea Negra y del “Documento Madre” que deberían acompañar el Decreto, y es apoyada por conceptos del sector extractivo que advierten que el acto administrativo tendría graves efectos en materia económica y social, inversión y seguridad jurídica (Torres-Tovar, 2022). Aunque existe cartografía previa sobre la Línea Negra, pues en 2016 el Ministerio del Interior remitió a los pueblos indígenas de la Sierra la cartografía de la Línea Negra realizada por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), validada con el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) y el Consejo Territorial de Cabildos de la SNSM (CTC), entre otros, la cartografía oficial o el nuevo trazado del Decreto 1500 de 2018 sigue en mora de producirse. Ante esto, el IGAC ha manifestado que dicha tarea excede su misión institucional, pues aborda “asuntos temáticos de orden cultural, ancestral y de espacios sagrados”, competencia de otras entidades (Portafolio, 2021).
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31/12/73 | 31/12/18 | Ver |

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