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CIDH. (2005). Medidas cautelares 2005 – numeral 14 (04 de febrero). Comisión Interamericana de Derechos Humanos – CIDH.
Estado
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http://www.cidh.org/medidas/2005.sp.htm

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La CIDH otorga medidas cautelares para la atención y protección del pueblo Wiwa víctima del conflicto armado interno La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) "otorgó medidas cautelares a favor de los miembros del pueblo indígena Wiwa de la Sierra Nevada de Santa Marta", en una decisión que obedece a la violencia paramilitar de la que han sido víctimas. De acuerdo con información que tuvo en cuenta la CIDH, entre 2003 y 2005 han sido asesinados cerca de 50 líderes indígenas, mientras 800 personas de esta etnia han sido desplazadas de sus territorios, reportándose -además- la afectación de la situación humanitaria de las comunidades de La Laguna, El Limón, Marokazo, Dudka, Linda y Potrerito. De hecho, 16 días antes de otorgarse las medidas cautelares, se supo del asesinato de Angel Milciades Loperena Díaz, Tesorero General de la Organización Wiwa Yugumaiun Bukuanarúa Tayrona, y de "su hermano Loperena, maestro de la comunidad, en San Juan del Cesar", La Guajira, en hechos de los que se responsabilizó al Bloque Norte de las Autodefensas.

En atención a este panorama, la Comisión solicitó al Estado colombiano que adopte "las medidas necesarias para proteger la vida [e] integridad personal de los miembros del Pueblo Wiwa de la Sierra Nevada de Santa Marta, respetando su identidad cultural y protegiendo la especial relación que tienen con su territorio, conforme a las obligaciones contraídas por el Estado". De igual modo, pide "brindar atención humanitaria a las víctimas de desplazamiento y de la crisis alimentaria, en particular a las niñas y niños del pueblo indígena", concertando las medidas de protección colectiva con participación de un defensor comunitario y de "los beneficiarios, a través de sus organizaciones representativas Wiwa Yugumaiun Bukuanarúa Tayrona OBYBT y la Organización Gonabindua Tayrona". Cierra solicitando "adoptar las medidas necesarias a fin de poner término a los hechos de violencia y las amenazas proferidas en contra de la comunidad beneficiaria", advirtiendo que continuará "dando seguimiento a la situación" (CIDH, 2005. Pp.2-3)
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