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| Titulo | Descripción | Fecha Inicio | Fecha Final | Acciones |
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| Controversia por la imputación de cargo en contra de líder social | El dirigente y profesor universitario Miller Dussán fue notificado de una investigación que se adelanta en su contra por el delito "Obstrucción a Vías Públicas que afectan el orden público Art. 353" (Oficio 1304 del 3 de Junio de 2016, Radicado Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Gigante 41-306-4089-001-2016-00156-00). Por tal razón, se le ordena comparecer el 23 de Junio "para realizar Audiencia de Formulación de Imputación (...) a la que deberá asistir en calidad de indiciado" (Dussán, 2016; Contagio Radio, 2016). Como respuesta, Dussán recurrió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, al Observatorio para la Protección de los Defensores de DDHH y a la Federación Internacional de DDHH, solicitando medidas de protección frente a lo que considera hostigamientos de la justicia colombiana "por defender pública y legítimamente los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales y el Derecho al Territorio y a la Vida de los afectados por la construcción de la represa El Quimbo" (Sánchez, 2016). Frente a los hechos, el Consejo de la Facultad de Educación y el Departamento de Psicopedagogía de la Universidad Surcolombiana, rechazaron la investigación al considerar que atentan contra el pensamiento libre y crítico que debe caracterizar a las universidades públicas del país, recalcando -además- que las actividades del profesor están avaladas por la Universidad y se acoplan a su misionalidad (USCO, 2016). Similar respaldo recibió de la Asociación de Profesores Universitarios del Huila (ASPU, 2016), así mismo, de organizaciones sociales las cuales señalaron que "la protesta social pacífica es un derecho amparado por la Constitución Política de Colombia en el Art. 37, siendo este ejercicio uno de los medios de exigencia de los [DESCA]" (Fundación MISI UMA, et al., 2016). A estos respaldos se suma el de Planeta Paz (2016) que recordó "el deber del Estado de garantizar 'la protección de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultado del ejercicio legítimo de los derechos individuales y colectivos'", así como el de CENSAT (2016; 2016a), de columnistas de diarios regionales (Vargas, 2016; González, 2016), del Observatorio para la Protección de Defensores de Derechos Humanos (OBS, 2016), de miembros del Concejo de Neiva (Rincón, 2016) y de la Red Nacional de Democracia y Paz (RNDP, 2016), entre otros. |
3/6/16 | 23/6/16 | Ver |

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